Política de Prevención ESCNNA
Última actualización: 01/01/2025
1. Nuestro compromiso
Destinica adopta, promueve y difunde de forma permanente las políticas de prevención y sanción de la ESCNNA. Nos comprometemos a:
- Rechazar y denunciar cualquier acción o servicio que atente contra la integridad, dignidad y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes (NNA).
- Capacitar a todo nuestro personal en la prevención de la ESCNNA y en la identificación de situaciones de riesgo.
- Informar y sensibilizar a nuestros clientes y proveedores sobre las consecuencias legales y sociales de la ESCNNA.
- Denunciar de forma inmediata ante las autoridades competentes cualquier caso o sospecha de ESCNNA que se detecte en el marco de nuestras operaciones.
- Incluir cláusulas de prevención de la ESCNNA en todos los contratos con proveedores de alojamiento, transporte y servicios turísticos.
2. Sanciones legales
Las conductas asociadas a la ESCNNA son delitos graves tipificados en el Código Penal Colombiano:
- Artículo 213A: Proxenetismo con menor de edad — prisión de 14 a 25 años.
- Artículo 217A: Demanda de explotación sexual comercial de personas menores — prisión de 14 a 25 años.
- Artículo 218: Pornografía con personas menores de 18 años — prisión de 10 a 20 años.
- Artículo 219A: Utilización o facilitación de medios de comunicación para ofrecer actividades sexuales con menores — prisión de 10 a 14 años.
3. Deber de denuncia
Toda persona que conozca o tenga sospecha de una situación de ESCNNA tiene la obligación de denunciar ante:
- Línea 141 del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
- Línea 122 de la Fiscalía General de la Nación.
- Policía Nacional: Línea 123 o CAI más cercano.
- Portal Te Protejo del ICBF.
4. Compromiso con nuestros clientes
Al reservar un servicio turístico con Destinica, el cliente acepta cumplir con esta política y con la legislación colombiana en materia de protección a la niñez y la adolescencia. Cualquier conducta contraria a estos principios facultará a Destinica para cancelar los servicios contratados sin lugar a devolución alguna y para denunciar los hechos ante las autoridades competentes.
5. Marco normativo aplicable
- Ley 679 de 2001 — Estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores.
- Ley 1098 de 2006 — Código de la Infancia y la Adolescencia.
- Ley 1329 de 2009 — Modifica el Código Penal en delitos de explotación sexual.
- Ley 1336 de 2009 — Robustece la lucha contra la ESCNNA.
- Resolución 3840 de 2009 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
6. Contacto
Para reportar situaciones o solicitar más información sobre esta política, comunícate con nosotros:
Destinica Agencia de Viajes
Carrera 70a # 25 - 66, 2º piso · Belén San Bernardo, Medellín
Teléfono: +57 301 103 5118
Email: info@destinica.com.co